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Robo y hurto: ¿sabes exactamente cuál es la diferencia entre estos delitos?

Robo y hurto - JDV Iuris Consultants

La mayoría de las personas son conscientes de que robo y hurto no hacen referencia al mismo delito por muy relacionados que estén entre sí. Pero ¿qué es exactamente lo que los diferencia?

En el ámbito del Derecho Penal, la distinción entre ambos conceptos es fundamental ya que los dos dan nombre a delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico, pero presentan diferencias esenciales que determinan la gravedad del hecho y la sanción correspondiente.

A continuación, te explicamos qué se entiende por robo y por hurto, sus tipologías y las consecuencias legales asociadas.

¿Qué es un hurto?

En primer lugar, el hurto se define como la apropiación ilícita de un bien ajeno sin el uso de violencia, fuerza o intimidación sobre las personas o las cosas. Es decir, se trata de tomar algo que no es tuyo sin permiso, pero sin agredir ni amenazar ni utilizar la fuerza para ello.

Por ejemplo, sustraer un bolso descuidadamente dejado en un establecimiento público o robar un objeto en una tienda sin ser visto constituye un delito de hurto.

¿Qué se considera robo?

Por su parte, el robo implica la sustracción de bienes ajenos, pero con violencia o intimidación sobre las personas o fuerza sobre las cosas, como romper una puerta o amenazar con un arma. La presencia de estas circunstancias aumenta la gravedad del delito y, por tanto, la pena.

Hablamos de robo cuando alguien rompe la ventanilla de un coche para robar en su interior o cuando se asalta y amenaza a una persona para que te dé lo que lleva encima.

¿Existe un único tipo de robo y de hurto?

No podemos hablar del delito de robo o de hurto sin más, ya que existen diferentes modalidades dentro de ambos delitos.

> Entre los hurtos más frecuentes se encuentran:

  1. Hurto leve o menor: sin agravantes ni circunstancias especiales y siempre que el valor de los bienes sustraídos no superen los 400 euros, lo que implica penas más laxas.
  2. Hurto básico: cuando el valor del objeto sustraído supera los 400 euros, lo que ya puede implicar penas de prisión.
  3. Hurto con agravantes: cuando se producen determinadas circunstancias como apropiarse de bienes que son de primera necesidad para la víctima, que pertenecen a personas vulnerables, que tienen valor artístico…

> En cuanto a los robos, pueden clasificarse, entre otros, como:

  1. Robo con violencia: cuando se amenaza o agrede a la víctima.
  2. Robo con fuerza en las cosas: cuando se producen daños materiales como al forzar puertas o cerraduras, o al usar llaves falsas, desactivar sistemas de alarmas…
  3. Robo agravado: incluye el uso de armas, la participación de varias personas o la comisión en circunstancias especiales como domicilios habitados.

Tanto el hurto como el robo se regulan dentro del Derecho Penal, concretamente en los artículos que el Código Penal dedica a estos delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico, con ánimo de lucro para uno mismo o para un tercero.

¿Tienen diferentes sanciones?

Evidentemente, las sanciones que acarrea la comisión de un robo no son las mismas que las impuestas al cometer un hurto.

Normalmente, el hurto menor y el hurto básico suelen castigarse con multas económicas o penas de prisión que van de 1 a 18 meses, mientras que el hurto agravado puede llegar a ser sancionado con penas de hasta 3 años de prisión.

Por otro lado, el robo, especialmente el que incluye violencia o agravantes, puede conllevar penas mucho más severas, que van desde 1 hasta más 5 años de prisión dependiendo de la gravedad y las circunstancias en las que se produce.

Es importante recordar que el valor de los bienes sustraídos no es lo primero ni lo único que determina el tipo de delito cometido y su sanción. Aunque el hurto menor suele implicar objetos de poco valor, hay casos de robo “pequeño” donde la violencia, aunque mínima, convierte automáticamente la acción en robo y no en hurto. Por ejemplo, empujar a alguien para quitarle por la fuerza un smartphone es robo, aunque el objeto robado no sea muy caro.

Finalmente, es importante destacar que una persona no puede ser acusada simultáneamente de robo y hurto por un mismo hecho, ya que la ley entiende que el robo ya incorpora la sustracción del bien, y por lo tanto, el hurto. Sin embargo, un individuo podría enfrentarse a acusaciones distintas si comete hechos separados que constituyan cada uno de estos delitos.

Conclusión

Aunque robo y hurto puedan parecer similares, la diferencia radica en la presencia o ausencia de violencia o fuerza, con la consiguiente gravedad penal que la ley asigna en cada caso.

Conocer estas distinciones es clave para entender la responsabilidad legal de los actos y las posibles sanciones. En nuestro despacho de abogados de Derecho Penal en Barcelona nos encontramos a menudo con clientes que desconocen esta diferencia y, por ello, las consecuencias que tienen desde el punto de vista penal.

Tanto si eres víctima de estos delitos como si te acusan de cometerlos, puedes contar con el asesoramiento y la asistencia legal del equipo de JDV Iuris Consultants. Nuestra amplia trayectoria en el campo del Derecho Penal nos ha convertido en referencia en la ciudad. Llámanos si estás involucrado en un delito de este tipo y te ayudaremos con discreción y profesionalidad.