Impugnación alta médica
Abogados especialistas en Impugnaciones de altas médicas.
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Abogados especialistas en impugnaciones de altas médicas
Te han dado el alta y no te has recuperado. ¿Puedes impugnar el alta médica?
Lo normal es que la alta médica se produzca cuando el paciente ya está totalmente recuperado. Si bien, en ocasiones el médico de la Seguridad Social o de la mutua considera que la recuperación ya está completada cuando el paciente no está de acuerdo.
El paciente tiene derecho a instar la revisión de la alta médica por considerar que no está recuperado para volver a ejercer su actividad laboral.
En JDV Abogados Laboral somos abogados expertos en impugnaciones de altas médicas. Tenemos una experiencia de más de 25 años en este tipo de procedimientos.
Es muy importante actuar con rapidez puesto que los plazos para impugnar alta médica INSS o para la impugnación alta médica mutua accidentes trabajo o enfermedades profesionales son muy breves.
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Equipo jdv
Cómo trabajamos
Analizamos si te has recuperado para recibir el alta médica por parte de la Seguridad Social o de la mutua correspondiente.
De no estar recuperado completamente te asesoramos sobre los mecanismos que como trabajador tienes a su disposición, e instamos la revisión de su alta médica.
En caso de obtener resolución denegatoria en la revisión de su alta médica, analizamos las causas que fundamentan la resolución administrativa, e interponemos demanda ante los Juzgados de lo Social.
Hacemos valer tus derechos.
Preguntas Frecuentes
Habitualmente el alta se produce cuando el paciente ya está totalmente recuperado. Pero en ocasiones puede ocurrir que el médico de la Seguridad Social o de la mutua estime que el trabajador se ha recuperado cuando el paciente no está de acuerdo, dado que hasta la fecha de la revisión, sigue teniendo dolores. Ante esta situación nos encontramos ante un caso de alta médica sin estar curado frente a la que se puede recurrir.
Ante una alta indebida y sin existir recuperación total, será necesario realizarse la impugnación de la alta médica de forma rápida para evitar se pasen los plazos establecidos legalmente. En caso de alegaciones disconformidad alta médica, el afectado tiene un plazo de 11 días para iniciar el proceso de reclamación.
Además, el trabajador estará obligado a comunicar a su empresa que ha iniciado un proceso para impugnar alta médica. Mientras dure el proceso de revisión de la alta médica, el afectado continuará estando en situación de incapacidad temporal no pudiendo realizar su trabajo habitual.
La resolución de la reclamación suele tardar unas dos semanas. Si la resolución de la reclamación declarara el alta del paciente y este no estuviera de acuerdo, puede recurrir alta inspección médica en vía judicial, interponiendo demanda ante los Juzgados de lo Social.
El paciente que recibe el alta INNS sin estar curado y con patologías, tiene un plazo de cuatro días naturales para reclamar. Para recurrir alta médica hay que acudir a la inspección médica de la seguridad social. Además, el trabajador debe informar a su empresa de que ha presentado reclamación alta médica y por lo tanto va a continuar en una situación de incapacidad temporal que le impide asistir a su puesto de trabajo.