Accidentes de Tráfico
Conocimientos & Experiencia. Presupuesto económico y facilidades de pago
Abogados especialistas en Accidentes de Tráfico
Cualquier persona que haya sufrido un accidente de tráfico por culpa de otro conductor, puede reclamar una indemnización al conductor del vehículo y al seguro del vehículo, en condición de responsable civil subsidiario. No obstante, casi siempre las aseguradoras se valen de su superioridad para rebajar sustancialmente las indemnizaciones que por ley están obligados a abonar.
Para poder obtener la máxima indemnización es muy importante poseer un profundo conocimiento de la legislación y baremos aplicables.
En JDV Abogados somos abogados expertos en reclamaciones por accidentes de tráfico. Tenemos una experiencia de más de 25 años en este tipo de reclamaciones.
¿Cómo calcular la indemnización que puedo reclamar?
Indemnización por daños materiales
Los daños materiales son los desperfectos que ha sufrido el vehículo en el accidente de tráfico.
Lo primero que deberá hacer es trasladar el vehículo accidentado a su taller de confianza y ponerlo en conocimiento de la compañía aseguradora para que lleven a cabo una peritación de los daños. Si la compañía aseguradora del vehículo responsable asumiera la culpa asumirá el pago de la reparación del vehículo. Si la compañía aseguradora no reconociera la culpa entonces tendrás dos opciones: a) Abonar el coste de la reparación y reclamarla posteriormente a la compañía aseguradora para su reintegro; b) obtener un presupuesto de la reparación del vehículo, o en su caso copia de la peritación de los daños y reclamarlo a la compañía aseguradora.
Es importante tener en cuenta que los daños del vehículo serán abonados siempre y cuando:
- El vehículo este asegurado a todo riesgo.
- La culpa del accidente fue de otro conductor o tercera persona.
- En ocasiones el valor de reparación es superior al valor venal del vehículo (valor venal). En estos casos podremos reclamar el valor de mercado actual del vehículo.
- Habitualmente las compañías aseguradoras indemnizan los daños materiales sin necesidad de contratar a un abogado.
Indemnización por daños personales
Si has sufrido un accidente de tráfico y has resultado lesionado, ya fuere como conductor, ocupante de los vehículos accidentados o un peatón, tienes derecho a percibir una indemnización por distintos conceptos.
La cuantía de la indemnización por daños personales se fijará atendiendo a la gravedad de las lesiones y los días de recuperación.
- Perjuicio personal básico: incluye los días que pasen entre el accidente y el alta de la rehabilitación médica. Se fija una cantidad fija diaria. En el año 2022 esta cantidad asciende a 32,91€/día.
- Perjuicio personal moderado: se indemniza por la pérdida de la posibilidad de llevar a cabo una parte relevante de las actividades específicas de desarrollo personal. En el año 2022 esta cantidad asciende a 57,04€/día.
- Perjuicio personal grave: se indemniza por los días en los que el accidentado tuviera una pérdida de la autonomía personal para realizar algunas de las actividades esenciales en el desarrollo de la vida ordinaria o la mayor parte de sus actividades específicas de desarrollo personal. También incluye la pérdida respecto de la posibilidad de realizar actividades laborales o profesionales. En el año 2022 esta cantidad ascienden a 82,28 €/día.
- Perjuicio personal muy grave: se indemniza por la pérdida para poder desarrollar casi la totalidad de las actividades esenciales y ordinarias diarias. En el año 2022 esta cantidad ascienden a 109,70€/día.
- Perjuicio por intervención quirúrgica: se trata de una indemnización para aquellos supuestos en los que el accidentado se someta a una o varias operaciones quirúrgicas. Se indemniza por cada operación a la que se sometiera el perjudicado. Las indemnizaciones ascienden entre los 438,80€ y los 1.755,21€ atendiendo al tipo y gravedad de la operación.
- Secuelas: La indemnización por pérdida de calidad de vida tiene por objeto compensar el perjuicio moral particular que sufre la víctima por las secuelas que impiden o limitan su autonomía personal para realizar las actividades esenciales en el desarrollo de la vida ordinaria o su desarrollo personal mediante actividades específicas.
- Gastos derivados del accidente (daño emergente): son aquellos gastos ocasionados como consecuencia del siniestro y que el perjudicado se ve obligado a asumir (gastos de asistencia médica; desplazamientos, la manutención, el alojamiento y otros análogos).
- Lucro cesante: se trata de aquella ganancia que el perjudicado deja de percibir como consecuencia de daños ocasionados por terceros. El ejemplo más habitual son los salarios no percibidos por imposibilidad de trabajar.
La indemnización que percibirá el perjudicado como consecuencia de un accidente de tráfico será la resultante de aplicar los valores y conceptos previstos en el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
*La cita presencial o telemática tiene un coste de 50€. Esta cantidad será descontada del presupuesto en caso de contratar nuestros servicios.
Si ha sufrido un accidente de tráfico le asesoramos desde un primer momento, analizando las circunstancias del accidente y las responsabilidades que derivan del mismo.
Ofrecemos una asistencia Letrada integral y especializada a cada supuesto y cliente.
Gestionamos íntegramente la reclamación de indemnización por los daños sufridos.
Informamos al cliente, de forma continua, de las resoluciones recaídas y actuaciones realizadas, para que tenga un conocimiento íntegro del curso del procedimiento.
Pon tu tranquilidad en nuestras manos
Esta es una de esas preguntas frecuentes que casi siempre se hacen demasiado tarde. De hecho, uno de cada tres asuntos nuevos que entra en la consulta de un abogado de accidentes de tráfico se corresponde más o menos con el siguiente relato: persona que ha resultado con lesiones en un siniestro, pero que ha decidido desoír todos los consejos de su entorno y no contratar a ningún abogado hasta no ver qué es lo que le ofrece la aseguradora contraria. No es hasta que se da cuenta de que la oferta del seguro es ridículamente baja no acude a un letrado, esperando que éste enderece un expediente que él con su inacción ha convertido en un desastre (rehabilitación en un centro inadecuado, gastos mal acreditados, pruebas radiológicas no efectuadas, nexos causales rotos, plazos al límite del desastre, etc)
Déjese asesorar por un profesional desde un principio, no le dé tanta ventaja a la compañía de seguros.
Para poder percibir una indemnización por los daños o lesiones sufridas en un accidente de tráfico será necesario probar el hecho causante. Asimismo, el perjudicado debe comunicar el siniestro a la aseguradora previo a la interposición de la demanda judicial.
La aseguradora deberá satisfacer al perjudicado el importe de los daños personales y materiales sufridos en su persona, así como los gastos y otros perjuicios.
La aseguradora, en el plazo de tres meses a contar desde la recepción de la reclamación del perjudicado, deberá presentar una oferta motivada de indemnización si entendiera acreditada la responsabilidad y cuantificado el daño. En caso contrario, o si la reclamación hubiera sido rechazada, dará una respuesta motivada.
El perjudicado o sus herederos tendrán acción directa para exigir al asegurador la satisfacción de los referidos daños, que prescribirá por el transcurso de un año.
La aseguradora no estará obligada a indemnizar cuando el perjudicado no pudiera acreditar el nexo causal de los daños con el siniestro producido.
Además, la aseguradora tiene el derecho de repetición de la aseguradora frente al asegurado, cuando los daños fueran causados dolosamente por el perjudicado, la inexistencia o agravación en la declaración del riesgo del asegurado, el impago de la prima, la falta o retraso de la comunicación del siniestro, entre otras.