Cuando hacemos referencia a la paternidad implica la relación biológica existente entre una persona masculina con sus descendientes directos. La paternidad puede adquirirse por naturaleza (a su vez puede ser matrimonial o no matrimonial) o por adopción.
La filiación conlleva una determinada vinculación y despliega un conjunto de efectos jurídicos, derechos y obligaciones de las partes.

Como profesionales especialistas en Derecho de Familia, asesoramos a nuestros clientes en los siguientes aspectos:
- Reconocimiento de filiación.
- Impugnación de paternidad.
- Privación de la patria potestad.
- Suspensión de la patria potestad.
- Limitación de la patria potestad.
Nuestra Metodología
- Reuniones iniciales donde le asesoramos y analizamos las circunstancias particulares del cliente.
- Asesoramos sobre las diferentes opciones que puedan adecuarse a la situación del cliente.
- Ponemos en su conocimiento los mecanismos jurídicos que tiene a su disposición.
- Estudio sobre la viabilidad y riesgos de la voluntad del cliente.
- Negociaciones con la otra parte para intentar llegar a un acuerdo, o bien si no es posible, presentación en el juzgado de demanda o contestación en defensa de los intereses del cliente.
- Acompañamiento del cliente en todo el proceso, resolución de dudas que le surjan mientras se tramita el procedimiento judicial, traslado de información a la otra parte.

Ante realidades difíciles te apoyamos y asesoramos.

Carla Marti
Departamento Derecho de Familia