Revisión del Estado Registral y Catastral del Inmueble
Abogados especialistas enderecho inmobiliario.
Compromiso, Confianza & Profesionalidad desde 1986.
Presupuesto económico & facilidades de pago
Presupuesto económico & facilidades de pago
Abogados especialistas en el Catastro y Registro de la Propiedad en Barcelona
La información catastral y registral permite conocer la titularidad de la finca, su estado jurídico y si existen cargas o gravámenes sobre la misma.
El Catastro es el registro estatal de los inmuebles del país, y es utilizado para establecer la cuantía del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), cuyo importe toma como referencia el valor catastral.
Contáctanos Gratis
*La cita presencial o telemática tiene un coste de 50€. Esta cantidad será descontada del presupuesto en caso de contratar nuestros servicios.
Equipo jdv
Cómo trabajamos
Ofrecemos una asistencia Letrada integral y especializada a cada supuesto y cliente.
Tramitamos ante el Catastro la comunicación de errores a través de procedimientos de subsanación de discrepancias (revisión catastral).
Ante comunicaciones o errores del Catastro interponemos recursos o reclamaciones frente a la Gerencia del Catastro.
Informamos al cliente, de forma continua, de las resoluciones recaídas y actuaciones realizadas, para que tenga un conocimiento íntegro del curso del procedimiento.
Pon tu tranquilidad en nuestras manos.
Preguntas Frecuentes
El Catastro es un registro administrativo que depende del Ministerio de Hacienda. Contiene la descripción de los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales, cuya inscripción en el mismo es obligatoria y gratuita, características que lo diferencian del Registro de la propiedad.
La referencia catastral es el identificador oficial y obligatorio de los inmuebles. Consiste en un código alfanumérico, formado por veinte caracteres, que es asignado por el Catastro de manera que todo inmueble debe tener una única referencia catastral.
Los notarios y registradores de la propiedad, son normalmente las personas encargadas de realizar la comunicación en este registro (operación de compraventa, donación, segregación de parcela, entre otros).
Pese a que el catastro se actualiza constanstemente, pueden producirse errores que suponen un perjuicio al contribuyente y que siempre interesa subsanar. Entre los que ocurren con mayor frecuencia puedes encontrar:
- La referencia catastral no coincide con el inmueble.
- Las lindes reales entre parcelas no coindicen con las que figuran en el registro, alterando el valor catastral de una finca.
- Sigues figurando como titular de un inmueble porque, por cualquier motivo, no se produjo tu baja en el registro.
- La superficie de tu vivienda aparece incrementada en metros tras una revisión, porque han considerado superficie construida algo que no lo es.
Es obligatorio formalizar la declaración catastral cuando se lleven a cabo los siguientes hechos, actos o negocios:
La realización de nuevas construcciones y la ampliación, rehabilitación, reforma, demolición o derribo de las ya existentes, ya sea parcial o total.
La modificación de uso o destino y los cambios de clase de cultivo o aprovechamiento.
La segregación, división, agregación y agrupación de los bienes inmuebles.
La adquisición de la propiedad, así como su consolidación.
La constitución, modificación, adquisición de la titularidad de una concesión administrativa y de los derechos reales de usufructo y de superficie, entre otros.
El valor catastral es un valor administrativo fijado objetivamente para cada bien inmueble y que resulta de la aplicación de los criterios de valoración recogidos en la Ponencia de valores del municipio correspondiente.
Para determinar el valor catastral de un inmueble se consideran esencialmente los siguientes componentes:
La localización del inmueble, las circunstancias urbanísticas que afecten al suelo y su aptitud para la producción.
El coste de ejecución material de las construcciones, los beneficios de la contrata, honorarios profesionales y tributos que gravan la construcción, el uso, la calidad y la antigüedad edificatoria, así como el carácter histórico-artístico u otras condiciones de las edificaciones.
Los gastos de producción y beneficios de la actividad empresarial de promoción, o los factores que correspondan en los supuestos de inexistencia de la citada promoción.
Las circunstancias y valores del mercado valor del suelo, valor de la construcción y gastos de producción y beneficios de la actividad empresarial de promoción.