Responsabilidad Patrimonial

En ocasiones, un ciudadano puede haber sufrido un daño como consecuencia de los servicios prestados por una Administración Pública. En estos casos, el ciudadano afectado tiene derecho a percibir una indemnización.

La responsabilidad patrimonial de la Administración se configura como un mecanismo de protección y autorregulación de las entidades públicas.

abogados responsabilidad patrimonial

Nuestra Metodología

  • Asesoramos al clientes desde el primer momento, y analizamos la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública.
  • Valoramos los daños sufridos por el cliente perjudicado.
  • Acompañamos al cliente y tramitamos la reclamación administrativa ante la entidad pública, y de ser necesario acudimos a los tribunales.
  • Informamos al cliente, de forma continua, de las resoluciones recaídas y actuaciones realizadas, para que tenga un conocimiento íntegro del curso del procedimiento.

Pon tu tranquilidad en nuestras manos.

abogados en barcelona expertos derecho administrativo

Xavier Sangenis
Departamento de Derecho Administrativo & Urbanístico

Preguntas frecuentes

Es la obligación de reparar el daño o perjuicio causado a una persona y/o sus bienes, por la actividad o los servicios prestados por las Administraciones Públicas. El daño debe derivarse de los servicios prestados por una Administración Pública.

  • Que el particular haya sufrido una lesión en sus bienes o derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de las Administraciones Públicas.
  • Que el daño sea efectivo, evaluable económicamente e individualizado en relación a una persona o grupo de personas determinadas.
  • Que no exista el deber jurídico de soportar la lesión patrimonial y que tenga como causa directa la actividad de la Administración.
  • Que el daño ocasionado sea probado por el perjudicado.

Se incluyen los perjuicios económicos materiales, las lesiones físicas o mentales y los daños morales. También la lesión de los derechos de la personalidad.

Para cuantificar los perjuicios personales, se toma como referente para el cálculo de las indemnizaciones por daños a las personas, las establecidas para los siniestros de circulación, mediante su correspondiente baremo.

Es necesario contar con informes médicos para poder determinar al menos aproximadamente el monto a reclamar.

Previo a acudir al auxilio judicial, se debe solicitar la indemnización a través de un procedimiento previo en vía administrativa dirigido a la Administración causante del daño. En el caso de que la Administración denegara la indemnización, el afectado podrá acudir a la vía contencioso-administrativa.

Contáctanos