Inscripción en el REA para empresas de construcción extranjeras
Gestionamos la inscripción en el REA de empresas extranjeras. Sin desplazamientos.
¿Su empresa va a ejecutar obras o instalaciones en España? Antes de pisar la obra necesita estar inscrita en el Registro de Empresas Acreditadas (REA). En nuestro despacho de abogados y asesores gestionamos de principio a fin la inscripción en el REA de empresas extranjeras: nos ocupamos del procedimiento, actuamos como su representante ante la Administración y le acompañamos para que su entrada en el mercado español sea rápida, segura y sin sorpresas.
Sin desplazamientos, sin trámites en un idioma que no domina y con un único interlocutor. Usted se centra en la obra; nosotros, en el papeleo.
En JDV ABOGADOS somos especialsitas en Empresas Extranjeras del sector de la Construcción obligadas a inscribirse en el Registro REA.
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* La cita presencial o telemática tiene un coste de 35€. Está cantidad será descontada del presupuesto en caso de contratar nuestros servicios.
¿Qué es el REA y por qué es obligatorio?
El Registro de Empresas Acreditadas (REA) es un registro público, dependiente de la autoridad laboral de cada Comunidad Autónoma, creado por la Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción. Su finalidad es acreditar que las empresas que intervienen en una obra cuentan con una organización productiva propia, los medios materiales y humanos necesarios y la formación adecuada en prevención de riesgos laborales.
La inscripción es obligatoria: ninguna empresa puede actuar como contratista o subcontratista en el sector de la construcción sin estar previamente inscrita. La contratación de una empresa no acreditada expone tanto al contratista principal como al subcontratista a sanciones y a la responsabilidad solidaria prevista en la normativa. Estar en el REA es, en la práctica, el «pasaporte» para poder trabajar en cualquier obra en España.
¿Qué empresas están obligadas a inscribirse?
Deben inscribirse en el REA todas las empresas y personas trabajadoras autónomas con asalariados que pretendan ser contratadas o subcontratadas para trabajos en una obra de construcción, con independencia de cuál sea su actividad principal. Esto incluye, entre otras:
- Empresas de construcción, reformas, instalaciones o montajes que ejecuten trabajos en obra.
- Empresas industriales o de servicios que, de forma puntual, realicen trabajos dentro de una obra de construcción.
- Uniones Temporales de Empresas (UTE) que ejecuten obra con personal propio.
Con carácter general quedan al margen los autónomos sin trabajadores a su cargo, los promotores que no actúan como contratistas y los suministradores de material que no destinan personal a la obra.
Inscripción en el REA para empresas extranjeras: cómo funciona
Las empresas extranjeras que desplazan trabajadores a España para ejecutar una obra tienen un procedimiento específico y simplificado, pensado para prestaciones de servicios transnacionales. En la práctica, la inscripción se coordina con la comunicación de desplazamiento de trabajadores y con la autoridad laboral competente. Aquí es donde más valor aporta contar con un despacho local:
- Representación ante la Administración: actuamos como su representante y facilitamos una dirección en España para las comunicaciones oficiales del procedimiento.
- Idioma y documentación: coordinamos las traducciones juradas y la legalización o apostilla de la documentación societaria y laboral.
- Encaje con el desplazamiento: revisamos si, además del REA, procede la comunicación de desplazamiento de trabajadores, los certificados A1 y el cumplimiento del convenio colectivo aplicable.
Importante: el REA rara vez viene solo. Un mismo proyecto puede activar obligaciones de desplazamiento de trabajadores, de IVA, de Establecimiento Permanente o de Seguridad Social. En la consulta inicial detectamos todo el mapa de obligaciones para que nada le sorprenda a mitad de obra.
Requisitos para inscribirse en el REA
Aunque cada caso se valora de forma individual, con carácter general la empresa debe acreditar:
- Una organización productiva propia y los medios materiales y personales necesarios para la actividad.
- El cumplimiento de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, incluida la formación del personal que accederá a la obra.
- Que la dirección y los recursos de la empresa se emplean efectivamente en el desarrollo de la actividad contratada.
- La documentación societaria y de los trabajadores desplazados, debidamente traducida y legalizada cuando proceda.
Plazos y validez de la inscripción
La inscripción en el REA tiene una validez de tres años y es renovable por periodos iguales, siempre que la empresa siga cumpliendo los requisitos. La renovación debe solicitarse dentro de los seis meses anteriores a su vencimiento. Una vez inscrita, la empresa tiene validez en todo el territorio nacional, con independencia de la Comunidad Autónoma en la que se haya tramitado.
El plazo estimado de tramitación suele situarse entre seis y ocho semanas desde que se dispone de toda la documentación completa, traducida y legalizada, si bien depende de la autoridad competente.
NUESTROS SERVICIOS DE INSCRIPCIÓN REA
Ofrecemos un servicio modular para que cada empresa contrate exactamente lo que necesita, desde la simple inscripción hasta la entrada completa en el mercado español. Todos los honorarios se indican sin IVA.
Consulta inicial de cumplimiento en España — 300 € + IVA
Sesión online en la que analizamos su proyecto, revisamos el contrato con el cliente español y verificamos si necesita inscribirse en el REA, si existen obligaciones de desplazamiento de trabajadores, de IVA o riesgo de Establecimiento Permanente. Termina con un resumen escrito y la recomendación de la estructura más adecuada. Si después contrata un paquete, es la mejor forma de empezar con seguridad.
Paquete 1 · Inscripción en el REA — 950 € + IVA (tarifa fija)
Para empresas extranjeras que solo necesitan la inscripción en el REA para ejecutar obras temporales en España. Incluye la revisión previa, la preparación y presentación de la solicitud, la representación ante el Registro, el poder de representación estándar, el uso de nuestra dirección para las comunicaciones del procedimiento, la coordinación con traductor jurado y el seguimiento hasta la resolución de inscripción.
Paquete 2 · REA + desplazamiento de trabajadores — 2.000 € + IVA (tarifa fija)
Para empresas que ejecutan obra con trabajadores desplazados y necesitan un apoyo más amplio. Incluye todo lo del Paquete 1 y, además, la comunicación de desplazamiento de trabajadores (hasta 20 empleados en 12 meses), nuestra designación como representante administrativo, la revisión de la documentación laboral y de prevención, la identificación del convenio colectivo aplicable y la coordinación con el contratista español para el acceso a la obra.
Paquete 3 · Entrada al mercado español — desde 3.000 € + IVA
Para operaciones recurrentes o de mayor valor que requieren confirmar la estructura legal y fiscal completa antes de empezar. Combina una fase de análisis (REA, desplazamiento, IVA, Establecimiento Permanente, NIF, forma de operar) con una fase de implementación a medida. Incluye la recomendación de la estructura óptima y el acompañamiento en su puesta en marcha.
Representación y apoyo continuado — desde 150 € + IVA/mes
Una vez inscrita, gestionamos por usted la correspondencia con la Administración, los avisos de renovación y el mantenimiento del cumplimiento, para que su acreditación siga siempre en vigor.
Ofrecemos un servicio modular para que cada empresa contrate exactamente lo que necesita, desde la simple inscripción hasta la entrada completa en el mercado español. Todos los honorarios se indican sin IVA.
Consulta inicial de cumplimiento en España — 300 € + IVA
Sesión online en la que analizamos su proyecto, revisamos el contrato con el cliente español y verificamos si necesita inscribirse en el REA, si existen obligaciones de desplazamiento de trabajadores, de IVA o riesgo de Establecimiento Permanente. Termina con un resumen escrito y la recomendación de la estructura más adecuada. Si después contrata un paquete, es la mejor forma de empezar con seguridad.
Paquete 1 · Inscripción en el REA — 950 € + IVA (tarifa fija)
Para empresas extranjeras que solo necesitan la inscripción en el REA para ejecutar obras temporales en España. Incluye la revisión previa, la preparación y presentación de la solicitud, la representación ante el Registro, el poder de representación estándar, el uso de nuestra dirección para las comunicaciones del procedimiento, la coordinación con traductor jurado y el seguimiento hasta la resolución de inscripción.
Paquete 2 · REA + desplazamiento de trabajadores — 2.000 € + IVA (tarifa fija)
Para empresas que ejecutan obra con trabajadores desplazados y necesitan un apoyo más amplio. Incluye todo lo del Paquete 1 y, además, la comunicación de desplazamiento de trabajadores (hasta 20 empleados en 12 meses), nuestra designación como representante administrativo, la revisión de la documentación laboral y de prevención, la identificación del convenio colectivo aplicable y la coordinación con el contratista español para el acceso a la obra.
Paquete 3 · Entrada al mercado español — desde 3.000 € + IVA
Para operaciones recurrentes o de mayor valor que requieren confirmar la estructura legal y fiscal completa antes de empezar. Combina una fase de análisis (REA, desplazamiento, IVA, Establecimiento Permanente, NIF, forma de operar) con una fase de implementación a medida. Incluye la recomendación de la estructura óptima y el acompañamiento en su puesta en marcha.
Representación y apoyo continuado — desde 150 € + IVA/mes
Una vez inscrita, gestionamos por usted la correspondencia con la Administración, los avisos de renovación y el mantenimiento del cumplimiento, para que su acreditación siga siempre en vigor.
Cómo trabajamos: el proceso paso a paso
- Consulta inicial: analizamos su proyecto y confirmamos qué necesita y con qué plazos.
- Preparación: recopilamos y revisamos la documentación y coordinamos las traducciones juradas.
- Presentación: tramitamos la solicitud del REA (y, en su caso, el desplazamiento) como su representante.
- Seguimiento: vigilamos el expediente y respondemos a los requerimientos hasta obtener la inscripción.
- Mantenimiento: le avisamos de la renovación y gestionamos su cumplimiento continuado.
Por qué elegir nuestro despacho
- Especialistas en empresas extranjeras: conocemos las particularidades del desplazamiento de trabajadores y de la prestación transnacional de servicios.
- Un único interlocutor: abogados y asesores fiscales-laborales bajo un mismo techo; el REA, el IVA y la Seguridad Social se resuelven de forma coordinada.
- Tarifas fijas y transparentes: sabe desde el primer momento cuánto cuesta y qué incluye.
- Sin desplazamientos ni barrera idiomática: gestionamos todo en remoto y le atendemos en su idioma.
Reserve su consulta inicial y le diremos exactamente qué necesita para trabajar en España, con plazos y presupuesto cerrado.
El Registro de Empresas Acreditadas (REA) acredita que una empresa cumple los requisitos de organización, medios y prevención de riesgos laborales para intervenir como contratista o subcontratista en el sector de la construcción en España. Sin esta inscripción, una empresa no puede ser contratada legalmente para trabajar en una obra.
Sí. Las empresas extranjeras que desplazan trabajadores a España para ejecutar obras deben inscribirse en el REA a través de un procedimiento específico para prestadores de servicios transnacionales, que suele coordinarse con la comunicación de desplazamiento de trabajadores.
El plazo estimado es de entre seis y ocho semanas desde que se dispone de toda la documentación completa, traducida y legalizada. El plazo depende de la autoridad laboral competente y no puede garantizarse.
La inscripción en el REA tiene una validez de tres años y es renovable por periodos iguales. La renovación debe solicitarse dentro de los seis meses anteriores a su vencimiento, siempre que la empresa siga cumpliendo los requisitos.
Sí. Aunque se tramita ante la autoridad laboral de una Comunidad Autónoma, una vez practicada la inscripción tiene validez en todo el territorio nacional.
Trabajar como contratista o subcontratista sin estar inscrito puede acarrear sanciones y responsabilidad solidaria tanto para la empresa no acreditada como para quien la contrata. Por eso la inscripción debe obtenerse antes de comenzar los trabajos.
Nuestra tarifa fija para la inscripción en el REA (Paquete 1) es de 950 € + IVA. Si además necesita gestionar el desplazamiento de trabajadores, el Paquete 2 asciende a 2.000 € + IVA. Recomendamos empezar por la consulta inicial (300 € + IVA).
