Requisitos para solicitar la reducción de la jornada laboral por guarda legal.

La reducción de la jornada laboral por guarda legal permite a los trabajadores, tanto a aquellos que están contratados a jornada completa como a jornada parcial, reducir sus horas de trabajo diarias, con la proporcional reducción salarial, para atender el cuidado de descendientes menores de 12 años, personas discapacitadas u otros familiares a su cargo.

Seguro que este concepto ya lo tenías claro pero lo que quizás no tengas tanto son los requisitos para que sea concedida esta jornada laboral reducida. ¿Quieres conocerlos? Pues nuestro abogado de derecho laboral en Barcelona te lo cuenta en este artículo. Toma nota si estás en esta situación.

¿Qué requisitos se deben cumplir ahora para solicitar la reducción de la jornada laboral?

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La solicitud de esta reducción de horas, y su consecuente reducción de salario, está regulada en el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores y recogida de manera específica en los convenios de aplicación. Los actuales requisitos para solicitarla son:

  • Que la persona por la que se solicita esta reducción sea menor de 12 años o bien sea menor de 18 años pero esté afectada por alguna enfermedad grave que requiera el cuidado directo, continuo y permanente.
  • Que exista una relación familiar directa o hasta de segundo grado de consanguinidad o afinidad con una persona que, por motivos de edad, accidente o enfermedad, no puede valerse por sí sola. 
  • Que la persona a cargo ya sea con o sin discapacidad física, psíquica o sensorial, no puede desempeñar una actividad retribuida, ni tampoco una actividad retribuida a cargo del beneficiario.

Se debe tener en cuenta que, en caso de divorcio o separación, es necesario contar con la custodia del menor para poder solicitarla. Si la custodia es compartida o no directamente no se tiene custodia sobre el menor, no podrá solicitarse esta reducción de la jornada laboral.

¿Cuánto se puede reducir la jornada laboral por guarda legal? 

La jornada laboral se podrá reducir como mínimo a una octava parte de la jornada laboral diaria, y como máximo a la mitad, lo cual significa que no puede reducirse por días o semanas, salvo que se llegue a un acuerdo con la empresa. Esto es algo que puede ocurrir cuando la persona que la solicita tiene una custodia compartida que le hace necesitar esa jornada reducida determinadas semanas del mes, pero no todas.

El trabajador deberá informar al empresario por escrito con una antelación mínima de 15 días naturales, o bien, con la antelación señalada en el convenio colectivo que le sea de aplicación, a excepción de si se produjeran causas mayores que impidieran comunicarlo, como pueden ser problemas de salud.

En cuanto a los efectos de cotización, en el caso de cuidado de hijos menores de 12 años, el trabajador podrá mantener durante los 2 primeros años el 100 % de la base de cotización. En el caso del cuidado de otros familiares diferentes de los hijos, la base de cotización se mantendrá al 100 % solo durante el primer año.

¿Tu empresa te está poniendo trabas para concederte la reducción de la jornada laboral? Si es así, no dudes en venir a consultarnos. Contamos con un equipo de abogados especializado en derecho laboral que puede asesorarte en estos casos, además de asistirte si legalmente lo llegas a necesitar. Confía en un bufete como JDV Consultants.

 

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