Orden de alejamiento: mucho más que un distanciamiento físico.
Aunque la mayoría de las personas no tiene muy claro qué implica exactamente una orden de alejamiento, todo el mundo coincide en que suena a palabras mayores. De hecho, cuando en un proceso de separación o divorcio se interpone esta medida, se asocia inmediatamente a la existencia de un conflicto de violencia intrafamiliar.
Pero esta circunstancia no es la única que propicia que se tome esta medida, sino que también puede aplicarse en otras situaciones como las que hoy vamos a contarte junto con más aspectos de esta popular y a la vez desconocida herramienta jurídica.
¿Qué es una orden de alejamiento y qué implicaciones tiene?
Una orden de alejamiento es una medida judicial que se adopta para proteger a personas en riesgo frente a agresores, acosadores o cualquiera cuya conducta ponga en peligro su integridad física, psicológica o su libertad.
Lejos de ser solo una prohibición de acercamiento físico, esta orden implica:
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- Prohibición de aproximación: la persona a la que se interpone la orden no podrá acercarse a la víctima, ni a su domicilio, ni a su lugar de trabajo, ni a centros educativos o cualquier otro lugar que frecuente en el contexto que sea (laboral, ocio…).
- Prohibición de comunicación: esa persona no puede contactar con la víctima por ningún medio (teléfono, correo electrónico, redes sociales…).
- Establecimiento de una distancia mínima: la prohibición de aproximación viene acompañada de la especificación de una distancia concreta que estable un juez (por ejemplo, no podrá estar a menos de 1 000 metros de la víctima).
- Restricciones de residencia: orientadas a garantizar esa distancia mínima por debajo de la cual la persona a la que se interpone la orden no puede acercarse a la víctima.
Todas estas implicaciones, junto a otras medidas accesorias que se concretan en cada caso, persiguen garantizar la seguridad real de la víctima y preservar el proceso penal.
¿En qué momento de un proceso judicial se dicta?
La orden de alejamiento puede dictarse de dos formas concretas:
- Como medida cautelar durante la instrucción de un procedimiento con el objetivo de proteger a la víctima hasta que se resuelva el caso.
- Como pena/medida accesoria en una sentencia firme, normalmente en sentencias de divorcio. Implica, según el caso, la prohibición de aproximarse a la víctima (y a determinados lugares vinculados a ella), la prohibición de comunicarse por cualquier medio y otras limitaciones (por ejemplo, obligación de abandonar un domicilio).
No es una mera recomendación: es una resolución judicial con fuerza ejecutiva dirigida a neutralizar el riesgo objetivo detectado.
¿En qué casos o condiciones se puede interponer y aprobar?
Para solicitarla se parte normalmente de una denuncia o querella en la que deben constar indicios fundados y racionales sobre la comisión de un hecho delictivo y la autoría. Además el órgano judicial valorará la existencia de una situación objetiva de riesgo para la víctima o su entorno.
No es preciso probar la culpabilidad plena en la fase inicial, pero sí acreditar apariencia de buen derecho y riesgo que justifique la medida cautelar en proporción y necesidad al riesgo que corre la víctima.
La orden de alejamiento puede dictarse de forma urgente por el juez de guardia, el juez de instrucción o, en casos de violencia sobre la mujer, por los Juzgados de Violencia sobre la Mujer. Puede acordarse desde las primeras diligencias policiales o tras la instrucción, y subsistir como medida cautelar hasta el juicio o convertirse en pena accesoria en la sentencia.
¿Con qué tipos de delito se suele imponer?
Como comentamos al inicio de este artículo, la mayoría de las personas asocia esta medida con causas por violencia de género y violencia doméstica y, efectivamente, así es.
Pero también se aplica en delitos contra la integridad física, la libertad sexual, las amenazas, el acoso (stalking) o cualquier conducta que justifique protección urgente de la víctima.
¿Qué pasa si se incumple una orden de alejamiento?
El incumplimiento consciente de una orden de alejamiento constituye delito de quebrantamiento de medida cautelar o de condena, sancionado en el Código Penal con penas que pueden incluir multa o prisión (artículo 468 y concordantes).
Además el incumplimiento suele activar medidas de persecución penal y, en casos graves, mecanismos de protección inmediatos para la víctima.
Las situaciones que propician que se tome esta medida nunca son agradables. Por eso, nuestra recomendación es siempre acudir a un despacho de abogados para que te asesore, te explique qué soluciones pueden adoptarse y lo que implica cada una de ellas, incluida la interposición de una orden de alejamiento.
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