LA JUSTICIA EUROPEA CONCEDE LA POSIBILIDAD DE APLAZAR Y ACUMULAR LAS VACACIONES NO DISFRUTADAS

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea otorga el derecho a un trabajador para reservarse sus días de vacaciones y disfrutarlos con posterioridad al plazo en que caducaran, siempre y cuando existieran dudas razonables de que la empresa vaya a remunerar dichas vacaciones.

El Tribunal hace énfasis en el derecho que tiene cualquier trabajador a disfrutar de vacaciones anuales, concediéndole la consideración de principio significativo en la rama del Derecho Social de la Unión Europea, y cuyo propósito es permitir a los trabajadores descansar.

A estos efectos, “castiga” las conductas de la empresa dirigidas a disuadir al trabajador de ejercer su derecho a disfrutar de vacaciones anuales. Esta situación de incertidumbre condiciona el disfrute pleno de las vacaciones del trabajador. Por consiguiente, la empresa que restrinja el derecho del trabajador de disfrutar de sus vacaciones se verá obligado a indemnizarlas.

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