Horas extras: lo que debes saber ahora que quizás se reduzca tu jornada laboral.

El artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores establece que el número de horas semanales de un trabajador vendrá determinado por el convenio colectivo de su sector y especificado en su contrato laboral, aunque nunca podrá ser superior a las 40 horas semanales.

Esta cifra quizás cambie en poco tiempo ya que, el posible gobierno de coalición ha planteado reducir esa jornada máxima a las 37,5 horas semanales, jornada de la que ya disfrutan algunos convenios. Y claro, la polémica está servida, saliendo temas a la palestra como el de las controvertidas horas extras. Hoy te contamos qué son exactamente estas horas, si los trabajadores están obligados a realizarlas y cómo deben retribuirse.

¿Qué son las horas extras?

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Pues como seguro imaginas, se consideran horas extras todas aquellas horas que trabaja una persona y que superen las de su jornada laboral semanal especificada en el convenio y en su contrato laboral.

Es decir, un trabajador que haya trabajado 43 horas en una semana, habrá realizado 3 horas extras que son las que exceden de su contrato si este es de 40 horas laborales a la semana.

¿Existe un límite de horas extras?

Pues así es y un trabajador nunca puede realizar más de 80 horas extras al año salvo que estas sean compensadas con descanso en los 4 siguientes meses a su realización. Por este motivo existe hoy en día un registro de las horas de la jornada laboral diaria de cada trabajador que debe firmar y mostrar su conformidad y veracidad.

¿Hay algún tipo de hora extra “justificable”?

Sí, son las llamadas horas de fuerza mayor que se realizan fuera de la jornada laboral pero en ocasiones muy puntuales como puede ser la reparación de un siniestro o para dar respuesta a una necesidad o a un daño extraordinario y urgente. En estos casos, los trabajadores suelen ser compensados como el empresario considere oportuno.

¿Es obligatorio realizarlas?

No. Una empresa jamás puede obligar a sus trabajadores a realizar horas extras, salvo que así se establezca en el convenio colectivo (algo que no suele ocurrir) o que así se acuerde por contrato. Además, hay unos casos específicos en los que no solo no es obligatorio sino que la realización de horas extras está prohibida:

  • Trabajadores menores de 18 años.
  • Trabajadores que realicen un turno nocturno.
  • Trabajadores contratados a tiempo parcial.
  • Trabajadores con discapacidad.

De acuerdo con esto, un trabajador nunca podrá ser despedido si se niega a realizar horas extras ya que no es obligatorio su realización por ley.

¿Cómo se deben retribuir las horas extras?

Salvo que aparezca especificado en el convenio colectivo y se haya acordado por contrato, las horas extras no pueden compensarse con horas o días de descanso, sino que deben ser abonadas, como mínimo, con una cuantía equivalente a una hora de trabajo ordinaria.

Sin embargo, las horas extras que se realizan en días festivos o de descanso deben pagarse con un incremento del 75 %, tal y como se especifica en el Estatuto de los Trabajadores.

Aquí influye también el convenio regulador así como las condiciones laborales concretas que hayan pactado empresa y trabajadores.

 

La posible reducción de la jornada laboral semanal a 37,5 horas puede provocar que muchos empresarios pretendan que sus trabajadores realicen más horas sin registrar para que no se consideren horas extras y no abonarlas. Recuerda siempre que, como trabajador, no estás obligado a hacerlas y que, ante cualquier problema con tu empresa, lo mejor es acudir a nuestro abogado especialista en despidos en Barcelona para que te asesore o te asista en caso de necesitar representación legal. Confía en nuestra gran experiencia en el ámbito del derecho laboral en Barcelona y seguridad social.

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