¿Cuándo estamos ante un caso de mobbing o acoso laboral?
Cuando acudir al puesto de trabajo se convierte en una agonía por el trato que recibes por parte de una o varias personas, debes tomar cartas en el asunto. Afortunadamente, hablar de mobbing o acoso laboral ha dejado de ser un tema tan tabú como ha sido durante años y, aunque aún queda mucho camino por avanzar, vamos en la buena dirección.
Uno de los mayores problemas con los que se encuentran las personas que pasan por una situación así es que dudan de sí mismas: ¿es normal esto que me está ocurriendo?, ¿realmente es denunciable la situación que vivo o la estoy exagerando? Más allá del gran malestar y la incomodidad que genera para quien lo sufre, existe un marco legal que define y especifica cuándo estamos ante un caso de mobbing y hoy te lo contamos en este post.
Definición de mobbing o acoso laboral
Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el acoso laboral es la “acción verbal o psicológica sistemática, repetida y persistente por la que, en el lugar de trabajo o en conexión con el trabajo, una persona o un grupo de personas hiere, humilla, ofende o amedrenta a un víctima”.
Es cierto que la definición puede interpretarse de forma un tanto ambigua: ¿qué se considera una acción que hiere? Y precisamente por ello, para acotar su definición, causas y consecuencias hoy existe un marco jurídico dentro de las relaciones laborales que da un tratamiento legal a este problema. Y también por eso es importante que, si estás viviendo algo así, cuentes con abogados de acoso laboral en Barcelona con gran experiencia como los que te esperan en el equipo de JDV Consultants.
Condiciones que deben darse para hablar de mobbing o acoso laboral
Dentro de las condiciones que deben darse para poder hablar de mobbing o acoso laboral destacan las que a continuación exponemos, que obviamente están recogidas en ese marco legal que vigila para que no se dé este grave problema:
1.- La situación debe ser sistemática y prolongada en el tiempo. Hablamos de acoso laboral cuando se ejerce este tipo de violencia al menos una vez por semana durante más de seis meses.
2.- Deben estar, al menos, dos personas implicadas. Por un lado el acosador o acosadores y por otro lado, la víctima o víctimas.
3.- Las conductas acosadoras tienden a destruir la reputación y las relaciones sociales de la víctima. Además de impedir el desarrollo de sus tareas para que, finalmente, se vea obligada a abandonar su puesto de trabajo.
4.- Está relacionado con la posición que ocupa la víctima en la organización. Ya sea de forma vertical u horizontal, el acosador o acosadores suelen estar en otra posición jerárquica distinta a la de la víctima o víctimas.
5.- Se trata de un proceso lento que atraviesa distintas fases. Desde que se desata el conflicto hasta que la víctima se ve marginada o excluida de la empresa pasa tiempo.
6.- Las consecuencias del acoso laboral causan problemas psicológicos, físicos y sociales a las víctimas. Por ese motivo, el acoso laboral es actualmente considerado un problema de salud pública que debe ser penado.
¿Estás viviendo una situación así en la actualidad? Pues no esperes más y denuncia lo que te está ocurriendo. En JDV Consultants contamos con un equipo de abogados especializados en casos de acoso laboral de nuestro bufete de abogados penalistas en Barcelona. Ponte en contacto con nosotros y recibirás una atención profesional y cercana para abordar un asunto tan complicado y doloroso.