Cómo proceder ante una herencia internacional

La gestión de una herencia internacional era, hasta no hace muchos años, una operación no demasiado común entre los ciudadanos españoles. Sin embargo, de un tiempo a esta parte, la emigración hacia un futuro mejor de una parte significativa de nuestras últimas generaciones, ha ido creando legados patrimoniales en otras tierras que ahora repercuten en herederos que se topan ante una herencia internacional.

Lo más habitual que engloban estas transferencias de patrimonio son dinero, inmuebles o acciones, sin olvidar en menor medida coches, obras de arte y otros bienes. Elementos que pueden ser reclamados por los herederos/as en España, incluso si no se encuentran viviendo en aquí.

Llevar a cabo este procedimiento requiere de abogados especialistas en Derecho Sucesorio. En JDV Iuris & Consultants recibimos una gran cantidad de consultas sobre cómo proceder ante una herencia internacional. Hemos podido detectar, de hecho, que las preguntas más frecuentes en torno a este tema son:

  • ¿A dónde acudo para reclamar la herencia en el extranjero?
  • ¿Qué legislación se aplica? ¿La de España o la del otro país?
  • ¿Tengo que viajar al país en el que se encuentra la herencia?
  • ¿Es posible realizar los trámites a distancia?
  • ¿Cuánto me costará todo?

Toda estas dudas vamos a despejarlas en este artículo, de la mano de los/las especialistas de nuestro departamento de Planificación Legal & Fiscal de Herencias.

¿A quién acudo si tengo que gestionar una herencia internacional?

Índice de contenidos

Podríamos decir que tramitar una herencia en España lleva intrínseco un nivel de complejidad medio. Sin embargo, el proceso se enreda cuando toca reclamar una herencia en el extranjero. Esto es, principalmente, por las diferentes normativas que se aplican según el país del cual proceda la herencia, independientemente de que pertenezca a la Unión Europea (UE). He aquí donde la importancia de recurrir a letrados/as especialistas en herencias internacionales se hace más necesario que nunca.

Para que podáis identificar que el abogado/a al que acudís realmente puede ayudaros, resulta fundamental que os fijéis en algunas características, como que:

  • Esté acostumbrada/o a realizar trámites de herencia internacional.
  • Tenga conocimientos sobre la normativa del país en el que se encuentra la herencia.
  • Desarrolle una planificación Fiscal previa a la Sucesión o Donación.
  • Brinde asistencia en la elaboración de testamentos.
  • Os represente legalmente en procedimientos de verificación de datos, comprobación limitada e inspección.
  • Se asegure de que recibáis la parte del patrimonio correspondiente.
  • Tenga vocación profesional.

Normativa que se aplica a una herencia internacional

La ley que se aplicaba hace años en España para recibir una herencia procedente del extranjero era la legislación nacional que tuviera el testador al momento de su deceso. Es decir, que, si una persona de nacionalidad española dejaba una herencia en Italia y fallecía en ese país, era aplicable la Ley de Sucesiones de su país natal.

Con la entrada en vigor del Reglamento Europeo 650/2012 de Sucesiones Internacionales en agosto de 2015, toda herencia internacional es regida por la ley del país de residencia habitual de la persona fallecida. Ejemplo: si un ciudadano español venía residiendo normalmente en Italia y fallece allí, se aplicará la legislación italiana sobre sucesiones, excepto en algunos casos particulares.

Las acciones a realizar variarán de acuerdo a una legislación u otra. Por fortuna, esta confusión tan recurrente en los herederos/as puede evitarse de dos formas:

  • Que el testador/a exprese en su testamento que se aplique la normativa de su nacionalidad, y no la de su lugar habitual de residencia.  
  • Que la persona a testar posea diversas nacionalidades y en el documento escrito contemple la legislación de su preferencia.

Pasos para realizar los trámites de herencia a distancia

El primer paso para adjudicaros los bienes de una herencia internacional es adquirir el testamento dejado por el/la fallecido/a en tierra foránea. De esta forma se podrá realizar el reparto de la herencia como él/ella lo contempló en el documento de adjudicación de la herencia.

El segundo paso sería contar con la asesoría de un abogado/a especializado en la materia. Ya que una gestión inadecuada podría traducirse en la pérdida de una gran cantidad de dinero, alusivos a gastos de pago de impuestos y otros factores.

Una vez tengáis asesoría profesional, el letrado/a os especificará la documentación a consignar conforme a la legislación del país.

El impuesto de sucesiones en una herencia en el extranjero

El impuesto de sucesiones en una herencia internacional suele variar de acuerdo a las características de cada caso. Con el análisis detallado del contexto por parte de nuestro abogado/a especializado en herencias en el extranjero, podremos saber cómo proceder, en qué institución realizar los trámites, y finalmente evitar pagar una cantidad de dinero adicional.

Conviene recordar que con la entrada en vigencia de la ley 26/2014, cuando se deba pagar el impuesto estatal de sucesiones por ser un caso de herencia con no residentes, también os podéis beneficiar de algunas ventajas fiscales.

Tenemos que precisar, por tanto, dos escenarios:

  • Cuando el heredero es residente en España

Los herederos/as residentes en España que les corresponda reclamar el patrimonio de una persona que residía habitualmente en otro país de la UE, deberán liquidar el Impuesto estatal español por todos los bienes que estén en España y en tierras foráneas. Incluso, tienen la posibilidad de favorecerse de las ventajas que ofrezca la Comunidad Autónoma en la que se ubique la mayoría de los bienes de España.

Si por el contrario, todos los bienes se encuentran en otro país, podría aplicarse los beneficios de la Comunidad Autónoma de residencia del heredero. También podría deducirse el impuesto pagado al país extranjero por los bienes que no estén en España.

Ahora, cuando los herederos/as residentes en España hereden un patrimonio ubicado España de una persona que habitualmente vivía en un país no perteneciente a la UE, tendrán que pagar el Impuesto estatal español por cada uno de los bienes emplazados en España y los del extranjero. De hecho, no se beneficiarán de las ventajas que ofrezcan la Comunidad Autónoma en la que se encuentren la mayoría de los bienes de España. En cambio, sí podrán deducir el impuesto pagado al país extranjero por el patrimonio que esté en España.

  • Cuando el heredero NO es residente

En el caso de los herederos/as no residentes en España que por derecho pueden reclamar el patrimonio ubicado en España de una persona que, al momento de su deceso físico, tenía su residencia habitual en un país de la UE (por ejemplo, Italia), tendrán que liquidar el Impuesto de Sucesiones de España solamente por los bienes ubicados en España conforme a la ley que rige a la Comunidad Autónoma en donde se encuentren.

Además, podrán beneficiarse de las reducciones del impuesto que otorga cada comunidad. 

En cambio, si estos herederos/as no residentes en España heredan un patrimonio ubicado en España de un individuo que, al momento de su fallecimiento, su residencia habitual era un país extracomunitario (como Argentina), deberán pagar el Impuesto de Sucesiones de España solo por los bienes que estén en España. Sin embargo, tendrán que hacerlo con la Agencia Estatal Tributaria y no con la Comunidad Autónoma.

El coste a pagar por tramitar la herencia

A priori, es muy difícil realizar un presupuesto de una herencia en el extranjero. Especialmente porque variará según el país en el que se sitúe el patrimonio a heredar y del valor de los bienes. Los costes, por supuesto, pueden ser muy altos, incluso con provisiones de fondos altos, convirtiéndose en un proceso acuciante. 

Además, durante la operación pueden presentarse conflictos entre los herederos/as como producto de la transmisión y repartición de los bienes y derechos del causante fallecido.

En estos escenarios, la contratación de un especialista en Derecho Sucesorio también resulta clave para ayudaros a encontrar la solución más eficaz en términos económicos y tributarios, respondiendo a vuestras necesidades.

Conclusiones

Proceder ante una herencia internacional no es una operación que pueda realizar cualquier persona. Los herederos/as, en general, suelen estar inmersos en un mar de dudas que los incita a buscar la asesoría  de un profesional en la materia.  Muchos/as, de hecho, terminan renunciado a este derecho, ya sea por el abanico de dificultades que se suscitan durante los trámites, o porque simplemente no cuentan con los recursos económicos para llevar a cabo la gestión de este proceso. 

En JDV Iuris & Consultants, gracias a nuestro departamento integrado por abogados/as especializados/as en herencias en el extranjero, ayudamos a decenas de usuarios/as al año y les realizamos con máxima diligencia los trámites dentro de este tipo de herencias. Siempre con la garantía y seguridad respecto al buen cuidado de vuestro patrimonio.    

Deja un comentario

Contáctanos