El Menor ante el Juez

El menor, ante un divorcio o una separación, siempre es el más perjudicado. Es por eso que, ante estas situaciones, las medidas que se adoptaran deberán garantizar un desarrollo integral y proporcionar una vida digna al menos, así como las condiciones materiales y afectivas que permitan vivir plenamente y alcanzar el bienestar.

En conflictos familiares el menor es contemplado como un individuo con opiniones propias que habrán de ser atendidas en consonancia con su capacidad y madurez.

los menores ante el juez

Convención sobre los Derechos del Niño

Artículo 3

En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.

Artículo 12

Los Estados Partes garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño, teniéndose debidamente en cuenta las opiniones del niño, en función de la edad y madurez del niño.

Nuestra Metodología

  • Reuniones iniciales donde analizamos la situación familiar en particular y ponemos en conocimiento sus derechos.
  • Asesoramos de las diferentes opciones que puedan adecuarse a la situación del cliente y su familia.
  • Solicitud y análisis de la documentación aportada por el cliente, para poder valorar las circunstancias particulares del cliente y que alternativa le es más favorable.
  • Estudio sobre la viabilidad y riesgos de la voluntad del cliente.
  • Negociaciones con la otra parte para intentar llegar a un acuerdo, o bien si no es posible, presentación en el Juzgado de demanda o contestación en defensa de los intereses del cliente.
  • Acompañamiento del cliente en todo el proceso, resolución de dudas que le surjan mientras se tramita el procedimiento judicial, traslado de información a la otra parte.

Ante realidades difíciles te apoyamos y asesoramos.

despacho abogados familia barcelona

Maria Feliu
Departamento Derecho de Familia

Preguntas frecuentes

La Convención sobre los Derechos del Niño es un tratado internacional que reconoce los derechos humanos de los niños, definidos como personas menores de 18 años. La Convención establece en forma de ley internacional que los Estados Partes deben velar por que todos los niños –sin discriminación de ninguna clase– se beneficien de medidas especiales de protección y asistencia; tengan acceso a la educación y la atención de la salud; puedan desarrollar plenamente sus personalidades, capacidades y talentos; crezcan en un ambiente de felicidad, amor y comprensión; y reciban información sobre la manera en que pueden alcanzar sus derechos y participar en el proceso de una forma accesible y activa.

Para que un menor pueda ser oído en un juicio, la opinión de un menor sobre su custodia, hay que ser mayor de 12 años o menor, pero ser lo suficientemente maduro como para saber lo que se está decidiendo en ese proceso.

El interés superior del menor consiste en proteger el desarrollo integral del mismo, de forma que pueda tener una vida plena a nivel material y afectivo. Es un conjunto de acciones y procesos que tienen la finalidad de garantizar un desarrollo integral y una vida digna de los menores, en condiciones materiales y afectivas que les permitan tener el máximo bienestar posible.

Para valorar el interés superior del menor, además de las circunstancias concretas del caso particular, se tendrán en cuenta: las necesidades básicas de los menores; sus deseos, sentimientos y opiniones; su derecho a participar progresivamente, según su edad y evolución personal, en la determinación de su interés superior; la conveniencia de que su vida y desarrollo tenga lugar en un entorno familiar adecuado y libre de violencia, entre otros.

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