¿Qué es el procedimiento de desahucio por precario?

La desocupación de viviendas y el desahucio de inquilinos se ha convertido en un tema recurrente en los medios de comunicación de nuestro país. Sin embargo, a pesar de todo lo que se habla de ello, pocas personas saben qué hay detrás de una acción de desahucio o si todos los casos se ejecutan siguiendo el mismo protocolo de actuación.Por ello, hoy queremos aprovechar estas líneas para hablarte de un tipo de desahucio en concreto: el desahucio por precario. ¿Conoces en qué consiste y cómo es su procedimiento? Te lo contamos aquí.

¿Qué es el desahucio por precario?

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Se trata de un procedimiento judicial que inicia el propietario de una vivienda cuando la persona que la habita se opone a dejarla libre para su uso ante su petición legítima. Dicho de otro modo, el inquilino de una vivienda arrendada tiene ese inmueble “en posesión” sin tener ningún derecho que lo habilite para ello.

Cuando esto ocurre, el propietario de la vivienda solicita que se emprenda una acción de desahucio para desalojar a la persona o personas que lo habitan. Se trata de un concepto jurídico que no está definido en la legislación actual pero que sí se realiza al haber sido desarrollado a través de la jurisprudencia.

¿Qué condiciones tienen que darse para iniciar este desahucio?

Lo primero que tienes que saber es que el propietario de un inmueble que se encuentre ocupado puede recuperarlo cuando quiera, pero para ello debe iniciar un procedimiento de desahucio por precario. Hay que señalar que se trata de la fórmula correcta para realizarlo, ya que otras vías, como usar propios medios, está prohibido por nuestro ordenamiento jurídico.

Antes de dar el primer paso, es importante contactar con los inquilinos y solicitar la devolución del inmueble. Ante una negativa a abandonar la vivienda, el siguiente paso será ponerse en manos de un equipo de abogados especializados en derecho inmobiliario para presentar la correspondiente demanda ante un Juzgado de Primera Instancia.

Una vez se presenta dicha demanda, se inicia este procedimiento que se resolverá en un juicio verbal tras el cual, el demandado tendrá 20 días para abandonar el inmueble.

El último paso del procedimiento de desahucio por precario es el propio desalojo, que será realizado en presencia de una comisión judicial encargada de levantar acta sobre el estado del inmueble para hacer una valoración.

¿Se pueden reclamar daños y perjuicios en el juicio verbal de un desahucio por precario?

Si la ocupación por parte del inquilino causa un perjuicio al propietario por la falta de disposición del inmueble o de la posibilidad de alquilarlo a otras personas, se le podrá reclamar la cantidad que proceda en concepto de daños y perjuicios por su ilegítima ocupación.

Es conveniente para que el propietario pueda pedir la indemnización económica por imposibilidad de disponer del inmueble que se efectúe previamente un requerimiento de desalojo con eficacia coactiva.

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