Herencias

Tras el fallecimiento de una persona se abre un proceso sucesorio cuya finalidad es el reparto y adjudicación de su patrimonio. Atendiendo a la voluntad del fallecido, la sucesión puede ser testada o intestada, y se diferencia por la formalización o no de testamento o últimas voluntades. En ambos casos su tramitación es prácticamente idéntica.

Un aspecto que toda persona debe conocer es que aceptar una herencia implica la aceptación de los bienes y derechos del fallecido, así como sus deudas. Circunstancia que muchas personas desconocen.

En JDV Abogados somos abogados especialistas en herencias. Proporcionamos un servicio integral de alta calidad y personalizado atendiendo a las concretas necesidades de cada cliente. Sabemos que la aceptación de la herencia no puede ser considerada como un mero trámite. Hay mucho en juego y somos conscientes de ello.

¿Qué incluyen nuestros Honorarios?

En JDV Abogados te ofrecemos la posibilidad de fraccionar el pago con una cuota mensual de 99,00 €. Nuestros honorarios incluyen:

  • Primera reunión presencial o telemática donde analizamos su caso.
  • Recopilación de la documentación necesaria (Certificado de Defunción y Últimas Voluntarias; Seguros de Vida…).
  • Coordinación con el notario y acompañamiento el día de la firma.
  • Cálculo y liquidación de impuestos.
  • Trámites de inscripción ante los registros y otros organismos públicos.
  • Confección de la declaración de la renta.
JDV Iuris en Oviedo

Preguntas frecuentes

Si una persona es heredera, no puede aceptar una parte de la herencia. La ha de aceptar toda con sus cargas y sus bienes, es por ello que las herencias que tienen más deuda que patrimonio no se aconseja que sean aceptadas.

Se necesita el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades, escrituras de compraventa de inmuebles, certificado de cuentas bancarias del banco del causante, carnet de conducir, papeles de los vehículos de los que era propietario, seguros de vida.

La herencia se acepta con los beneficios y las deudas. Asimismo, representa hacer frente a una serie de impuestos, los más relevantes el de la plusvalía, el impuesto de sucesiones, el impuesto de registro… Cada caso guarda sus particularidades, por lo que te recomendamos que te pongas en contacto con nosotros para poder analizar tu caso.

La herencia ha de ser aceptada ante notario por parte de todos los herederos. Si algún heredero no asiste, se le enviará un requerimiento notarial. Si no responde, en España se considerará que ha aceptado la herencia de forma tácita al cabo de un mes; en cambio en Cataluña, se considerará que ha repudiado a la herencia si no dice nada en el plazo de 2 meses.

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