Las obligaciones abarcan un concepto más amplio que los contratos, y su propósito es proteger las relaciones entre las personas. Es un mecanismo que tiene por finalidad garantizar tranquilidad y seguridad en las relaciones. Su incumplimiento genera responsabilidades.
De los contratos nace una obligación a cumplir con una determinada prestación. Su incumplimiento origina responsabilidades civiles para el incumplidor.

- Toda obligación consiste en dar, hacer o no hacer alguna cosa (art. 1088 del Código Civil).
- Las obligaciones nacen de la ley, de los contratos y cuasi contratos, y de los actos y omisiones ilícitos o en que intervenga cualquier género de culpa o negligencia (art. 1089 del Código Civil).
- Las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes contratantes, y deben cumplirse a tenor de los mismos (art. 1091 del Código Civil).
Nuestra Metodología
- Asesoramos al cliente desde el primer momento, analizando el contenido del contrato y las obligaciones de las partes.
- Ofrecemos una asistencia letrada integral y especializada a cada supuesto y cliente.
- Acompañamos al cliente a lo largo de la reclamación.
- Informamos al cliente, de forma continua, de las resoluciones recaídas y actuaciones realizadas, para que tenga un conocimiento íntegro del curso del procedimiento.

Pon tu tranquilidad en nuestras manos.

Rodrigo Valls
Departamento Derecho Civil